¿Está permitido colocar adhesivos en el parabrisas de un turismo?

adhesivos parabrisas

Si te estás preguntando si está permitido colocar adhesivos en el parabrisas de un turismo, aquí obtendrás la respuesta. De ese modo, comprenderás qué se puede y qué no se puede hacer en este sentido, así como las posibles consecuencias por infringir la norma que hay referente a esta parte del vehículo.

Ley y sanciones

Ni el código de circulación, ni tampoco la ley de tráfico dejan del todo claro si está o no permitido pegar adhesivos en el parabrisas de tu coche. El Reglamento General de Circulación no lo tiene expresamente prohibido, pero en su artículo 19 se especifica una excepción:

…deberá permitir, en todo caso, la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía por la que circule, sin interferencias de láminas o adhesivos”.

Por tanto, en teoría sí parece que se pueden colocar adhesivos en el parabrisas del vehículo. Sin embargo, cuidado con tomarte a la ligera esta falta de exactitud en el reglamento. Por ejemplo, usar adhesivos que puedan obstaculizar el campo de visión podría implicar sanciones de hasta 100 euros si la infracción es leve, y también el hecho de tener la pegatina de la ITV caducada, o por falta de la etiqueta de la DGT, etc.

Adhesivos permitidos en el parabrisas de un turismo

Las pegatinas de la ITV no solo están permitidas sino que hay que llevarlas

Sí se pueden llevar algunos adhesivos en el parabrisas de un turismo, como son:

  • Pegatina de la revisión de la ITV: debe estar colocada en la parte superior derecha del parabrisas, y estar visible, pegada en el interior del vehículo para evitar que se deteriore con las inclemencias del tiempo. De esta manera, estará visible para los agentes, y no restará visibilidad al conductor. Recuerda que si te pillan sin este adhesivo te puede costar una sanción de 80 a 100€, aunque sin restar puntos. Además, debe colocarse solo la última ITV, y retirar las anteriores, para que no se vaya cerrando el limpiaparabrisas cada vez más.
  • Etiqueta del tipo de vehículo de la DGT: las nuevas etiquetas de la DGT para las emisiones de los coches, como la Cero, ECO, C, B, etc., también están permitidas. Y no solo eso, son obligatorias llevarlas en el parabrisas delantero, en la parte inferior derecha, es decir, en el mismo lateral que la ITV pero en la zona baja. Y si no se cuenta con parabrisas delantero, se pondrá en un lugar alternativa que sea visible.

Las pegatinas B, C, Eco y Cero

  • Adhesivo para el telepeaje: cuando se pasa de forma periódica por los peajes y se quiere ahorrar tiempo, puedes colocar la pegatina para este fin en el parabrisas, en la parte central, por el interior. Esto viene indicado en el manual de usuario del sistema, cuando se contrata. Además, recuerda que debe dejar al conductor ver la carretera adecuadamente, sin que le reste visibilidad.
  • L de conductor novel: por supuesto, este otro elemento también debe estar en los coches conducidos por conductores que se han sacado recientemente el carné de conducir. En este caso no irá en la parte delantera, sino en la luna trasera, en un lugar visible. En caso de ser una motocicleta no se expresa el lugar concreto. Pero en cualquier caso, no llevar este distintivo puede acarrear multas de 100 euros (lo mismo que circular con ella si ya no eres novel).

Adhesivos prohibidos

Si tienes alguna de las siguientes pegatinas y quieres evitar la posibilidad de una multa, existen productos como quita adhesivos o rascadores especiales para eliminarlas sin dejar rastro y sin dañar nada.

Las pegatinas de competiciones están prohibidas

En cuanto a los que no están permitidos, y significarían sanción por llevarlos, están:

  • Reflectantes o luminiscentes: pueden afectar a la visibilidad de otros conductores o peatones de la vía cuando incide sobre ellos la luz, por ello la DGT los tiene prohibidos expresamente. Además, tampoco estará permitido usar pinturas exteriores reflectantes, a no ser que sea un vehículo prioritario, como bien se expresa en el reglamento.
  • De competición: los adhesivos que sean de pruebas deportivas tampoco están permitidos. Y es que, algunas aseguradoras han realizado estudios sobre este tipo de adhesivos y parecen estar relacionados con las infracciones de exceso de velocidad establecidos.
  • Cualquier adhesivo que reste visibilidad: sea o no de competición, reflectante, luminiscente, o de las que están permitidas llevar, jamás debe estar en una zona que pueda distraer al conductor o restarle algo de visibilidad de la vía, de los espejos, etc. Por tanto, tampoco lleves las pegatinas admitidas fuera de los lugares especificados por el reglamento o también supondrá sanciones y accidentes.

Espero que ahora te haya quedado más claro qué puedes, dónde puedes, y cuáles puedes poner. Ya no te llevarás más sustos ni sanciones por los adhesivos que quieras colocar…


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