Adelantamientos: así cambian las reglas de tráfico en España desde octubre

  • Una nueva ley obliga a reducir 20 km/h al adelantar a ciclistas en carretera.
  • Se exige distancia lateral de 1,5 metros y cambio completo de carril si hay más de uno por sentido.
  • Las infracciones conllevan multa de 200 euros y retirada de 6 puntos del carné.
  • También se regulan adelantamientos en nieve, arcén para motos y rebasado de vehículos averiados.

Normativa adelantar ciclistas DGT

El próximo 1 de octubre entra en vigor el grueso de la reforma del Reglamento General de Circulación, aprobado mediante el Real Decreto 518/2026. Esta normativa introduce cambios significativos en las maniobras de adelantamiento que afectarán a todos los conductores en España, con sanciones económicas de hasta 200 euros y la pérdida de puntos en muchos casos. La nueva regulación busca aumentar la seguridad de los usuarios vulnerables y adaptar las vías a situaciones meteorológicas adversas.

A continuación, detallamos todas las novedades que debes conocer si vas a circular por carretera o por ciudad a partir de octubre. Presta atención a las reglas para ser un conductor prudente y seguro, especialmente en las nuevas exigencias de velocidad, distancia y comportamiento en situaciones especiales como la nieve o los atascos.

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Adelantamiento a ciclistas: velocidad y distancias más estrictas

Una de las modificaciones más destacadas es la obligación de reducir al menos 20 km/h respecto al límite máximo de la vía al adelantar a ciclistas en carretera interurbana. Esta regla se aplica antes de iniciar la maniobra y durante toda su ejecución. Por ejemplo, en una vía limitada a 90 km/h, el adelantamiento deberá realizarse como máximo a 70 km/h. El incumplimiento se considera infracción grave, con multa de 200 euros y pérdida de 6 puntos del carné.

Además, se mantiene la distancia lateral mínima de 1,5 metros, que también será exigible al rebasar a peatones, animales, ciclomotores o vehículos de movilidad personal. Si la calzada cuenta con más de un carril por sentido, será obligatorio cambiar completamente de carril para realizar el adelantamiento, en lugar de compartir el carril con el ciclista.

En ciudad, la nueva norma introduce una distancia mínima de 5 metros cuando un vehículo circule detrás de una bicicleta compartiendo el mismo carril. Esta medida busca evitar el acoso vial y proteger al ciclista en entornos urbanos, y también se sanciona con 200 euros y 6 puntos.

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Nuevas facilidades para ciclistas y motoristas

La reforma también permite que los ciclistas, en situaciones de retención urbana, puedan adelantar a vehículos a motor tanto por la derecha como por la izquierda para alcanzar las zonas de espera adelantadas en los cruces. Esto pretende agilizar la movilidad ciclista en calles congestionadas.

Para los motoristas, una de las novedades más esperadas es la posibilidad de circular por el arcén derecho en caso de congestión, siempre que el tramo esté habilitado y señalizado, la circulación esté detenida y lo hagan a una velocidad máxima de 30 km/h y en fila de uno. Si no se cumplen estas condiciones, la multa asciende a 200 euros, aunque no conlleva pérdida de puntos.

Rebasado de vehículos averiados

Otra novedad relevante es la regulación de maniobras para rebasar vehículos inmovilizados por avería, accidente o mantenimiento. En estos casos, el conductor deberá desplazarse íntegramente al carril contiguo, dejando una separación lateral de 1,5 metros. Se permite incluso pisar o rebasar la línea continua para lograrlo, siempre que no se ponga en peligro a nadie. La sanción por incumplir esta norma es también de 200 euros.

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Prohibición de adelantar en nieve

Cuando la nieve dificulte la circulación en autopistas y autovías, queda terminantemente prohibido adelantar. Además, será obligatorio circular por el carril más a la derecha, dejando el resto de carriles expeditos para vehículos de emergencia y quitanieves. En vías con tres o más carriles, solo se podrá utilizar el carril contiguo al derecho. Esta infracción se multa con 200 euros, sin retirada de puntos.

Otros cambios importantes

La nueva normativa también introduce obligaciones para los ciclistas, como el uso del casco en vías interurbanas sin excepciones y el uso de chaleco reflectante para repartidores. Asimismo, los ayuntamientos podrán autorizar la circulación de bicicletas en ambos sentidos en calles de un solo carril con límite de 30 km/h.

Todos estos cambios están recogidos en el Real Decreto 518/2026, publicado en el BOE, y buscan reducir los siniestros viales, especialmente en vías secundarias donde los accidentes con ciclistas son más frecuentes. Los expertos destacan que la reducción de velocidad en el adelantamiento es una medida clave para salvar vidas.

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