La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha encendido un nuevo frente en el sector de los carburantes al sancionar a varias empresas del grupo Repsol por su forma de competir en plena crisis energĆ©tica de 2022. El regulador concluye que la petrolera aplicó una polĆtica de precios que asfixió los mĆ”rgenes de estaciones de servicio independientes, aprovechando su peso en el mercado mayorista.
En el centro del conflicto se sitúa una multa de 20,5 millones de euros y un veto temporal para acudir a concursos públicos, que la CNMC califica como respuesta a un abuso de posición de dominio en la venta de gasóleo A a clientes profesionales, sobre todo transportistas. Repsol, por su parte, rechaza rotundamente la acusación y avanza una batalla judicial para intentar anular la resolución.
Una sanción de 20,5 millones y castigo adicional en contratación pĆŗblicaā¦

La CNMC ha impuesto una sanción de 20,5 millones de euros a tres sociedades del grupo: Repsol Comercial de Productos PetrolĆferos (rebautizada como Repsol Soluciones EnergĆ©ticas), Solred y Campsa Estaciones de Servicio. SegĆŗn el órgano presidido por Cani FernĆ”ndez, estas compaƱĆas desarrollaron en 2022 una Ā«polĆtica comercial de estrechamiento de mĆ”rgenes abusivoĀ» en perjuicio de estaciones de servicio independientes y de bajo coste que competĆan con su red.
AdemĆ”s de la sanción económica, el regulador ha acordado que estas tres empresas no podrĆ”n presentarse a licitaciones pĆŗblicas de suministro de gasóleo A para automoción durante un periodo de seis meses. Este veto a la contratación con la Administración se apoya en la calificación de la conducta como infracción muy grave de la Ley de Defensa de la Competencia, concretamente del artĆculo 62.4.b) de la LDC.
Del pago de la multa responderĆ”n de manera solidaria las tres sociedades operativas sancionadas y, tambiĆ©n de forma solidaria, las matrices Repsol Customer Centric y Repsol, S.A.. El expediente se ha tramitado como un caso de abuso de posición de dominio, una figura recogida tanto en la normativa espaƱola como en el artĆculo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
El contexto: crisis de precios y descuentos masivos en 2022ā¦

La conducta investigada se encuadra entre abril y diciembre de 2022, meses marcados por la escalada de precios de los carburantes tras la invasión rusa de Ucrania. En ese periodo, el gasóleo A tipos de combustible y diferencias vivió una tensión inédita y llegó a superar durante medio año el precio de la gasolina en España, un comportamiento hasta entonces poco habitual en el mercado nacional.
Para aliviar el golpe sobre consumidores y profesionales, el Gobierno puso en marcha el 1 de abril una bonificación general de 20 cĆ©ntimos por litro, que se aplicaba en las estaciones de servicio de todo el paĆs. Parte de ese descuento corrĆa a cargo del Estado y otra parte era asumida por las propias compaƱĆas de carburantes, lo que desencadenó una fuerte batalla comercial entre operadores tradicionales y gasolineras low cost.
En paralelo a ese esquema pĆŗblico, varias filiales de Repsol lanzaron una campaƱa adicional de rebajas para clientes profesionales, principalmente transportistas que repostaban gasóleo A en su red. SegĆŗn los cĆ”lculos de la propia empresa, el conjunto de los descuentos aplicados durante 2022 habrĆa supuesto mĆ”s de 450 millones de euros de esfuerzo comercial, cifra que ahora forma parte de su defensa ante Competencia.
El reproche de la CNMC: una estrategia en dos frentesā¦

Tras inspecciones realizadas a finales de 2022 y la apertura de un expediente en diciembre de 2023, la CNMC sostiene que varias sociedades del grupo Repsol habrĆan aplicado una estrategia incompatible con su posición dominante en el mercado mayorista de hidrocarburos. SegĆŗn el regulador, el objetivo era recuperar volumen y cuota perdidos desde 2019 frente a estaciones independientes y de bajo coste. El caso se enmarca en una investigación por posibles prĆ”cticas de competencia desleal y abuso de dominio, con especial atención al impacto sobre la distribución de combustible y la evolución de los precios en el sector energĆ©tico espaƱol.
La operativa descrita por Competencia tendrĆa dos vertientes diferenciadas dentro de la venta de gasóleo A. Por un lado, se habrĆa incrementado de forma generalizada el precio mayorista a estaciones independientes que revenden a clientes profesionales. Por otro, se habrĆan aplicado descuentos adicionales en estaciones propias dirigidos a transportistas y flotas, sumados a la rebaja de 5 cĆ©ntimos por litro permitida como alternativa a la prestación patrimonial gubernamental. Esta doble estrategia habrĆa influido de forma directa en la fijación de precios del combustible y en la capacidad competitiva de operadores externos a la red principal.
La CNMC califica esta combinación como un supuesto estrechamiento de mĆ”rgenes, al comprimir la rentabilidad de estaciones independientes hasta dificultar que igualaran ofertas sin pĆ©rdidas. El impacto se habrĆa notado especialmente en el segmento profesional del gasóleo para transporte, donde algunas estaciones vieron caer ventas mientras la red Repsol aumentaba cuota. El regulador considera la conducta āespecialmente graveā por afectar a operadores de bajo coste que dinamizaban la competencia en el mercado energĆ©tico, sobre todo en zonas de alta demanda, Ć”reas fronterizas y corredores estratĆ©gicos de transporte por carretera.
La posición de dominio y el marco legal invocadoā¦

En su resolución, Competencia parte de la premisa de que Repsol ostentaba en 2022 una posición de dominio en el mercado mayorista de combustibles de automoción dirigidos a estaciones de servicio a escala nacional. Esa condición implica, conforme al derecho de la competencia, una obligación reforzada de no distorsionar el juego competitivo ni excluir a rivales mediante prÔcticas desleales.
El estrechamiento de mĆ”rgenes āo margin squeezeā se considera una conducta prohibida para empresas dominantes tanto por el artĆculo 2 de la Ley de Defensa de la Competencia como por el artĆculo 102 del TFUE. Se produce, a grandes rasgos, cuando una compaƱĆa con poder de mercado en la fase mayorista fija precios de forma que, combinados con sus propios precios minoristas, hacen inviable que los competidores cubran sus costes vendiendo el mismo producto a los clientes finales.
Para la CNMC, eso es precisamente lo que habrĆa ocurrido en la venta de gasóleo A a estaciones rivales que atendĆan sobre todo a transportistas. El organismo insiste en que el hecho de que Repsol fuera un actor clave en el aprovisionamiento mayorista de combustible y, simultĆ”neamente, un competidor directo en la fase minorista, agrava el riesgo de que sus decisiones de precios expulsen o marginen a terceros.
Inspecciones, denuncias y apertura del expedienteā¦

La investigación tiene su origen en denuncias de asociaciones y operadores del sector que alertaron de la situación creada durante la crisis de precios. A finales de 2022, los equipos de la CNMC realizaron inspecciones en las sedes de varios grupos de hidrocarburos, entre ellos Repsol y otros grandes operadores integrados del mercado español.
Tras analizar la información recabada, el regulador decidió en diciembre de 2023 incoar un expediente sancionador contra Repsol por un posible abuso de posición de dominio en el mercado mayorista de gasóleo A. Desde entonces, se ha desarrollado un procedimiento en el que la empresa ha presentado alegaciones y documentación para intentar desmontar la acusación de estrechamiento de mÔrgenes.
Finalmente, Competencia ha concluido que las sociedades vinculadas al grupo Repsol Ā«desplegaron una estrategia incompatible con su posición de dominio para ganar volumen a sus competidoresĀ» y revertir la pĆ©rdida de ventas y cuota que venĆan registrando desde 2019. Sobre esa base se articula la sanción económica, el veto temporal a licitaciones y la tipificación como infracción muy grave de la normativa espaƱola de competencia.
La respuesta de Repsol: Ā«relato parcialĀ» y ausencia de abusoā¦

Repsol ha reaccionado de inmediato mediante varios comunicados en los que rechaza Ā«de forma tajanteĀ» la sanción de la CNMC. La compaƱĆa sostiene que la resolución se apoya en un relato parcial y descontextualizado, con errores de mĆ©todo y de derecho, que no reflejarĆa ni la realidad del mercado ni el carĆ”cter excepcional de 2022.
La petrolera defiende que actuó de manera transparente y en beneficio de los consumidores en el momento mĆ”s delicado de la crisis inflacionaria, ofreciendo descuentos adicionales que habrĆan contribuido a aliviar el coste del carburante para familias y profesionales. Insiste en que todas esas rebajas fueron pĆŗblicas, se realizaron al amparo del marco legal extraordinario aprobado por el Gobierno y estuvieron supervisadas por la Administración, incluida la propia CNMC a travĆ©s de su Dirección de EnergĆa.
SegĆŗn su versión, la sanción se centra en una conducta Ā«legal y supervisadaĀ», lo que, a su juicio, desnaturaliza el sentido de la norma de competencia. La compaƱĆa advierte de que decisiones de este tipo pueden desincentivar polĆticas de descuentos futuros en muchos sectores y frenar respuestas empresariales rĆ”pidas ante crisis sobrevenidas, como la vivida en 2022 con la guerra en Ucrania.
Recurso ante la Audiencia Nacional y horizonte judicialā¦

La resolución de la CNMC no supone el cierre definitivo del caso, ya que la normativa permite presentar recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en un plazo de dos meses desde la notificación de la sanción. Repsol ha confirmado que acudirĆ” a esta vĆa judicial para intentar anular tanto la multa como el veto a licitaciones pĆŗblicas. Este paso abre una nueva fase en el conflicto dentro del derecho de la competencia, donde los tribunales deberĆ”n analizar con detalle los argumentos de ambas partes y el alcance real de la sanción impuesta en el mercado energĆ©tico.
La compaƱĆa se muestra confiada en que la justicia le darĆ” la razón y sostiene que es inĆ©dito que una autoridad sancione a una empresa por aplicar descuentos comerciales. Por su parte, Competencia defiende que el expediente responde a una aplicación estricta de la doctrina sobre abuso de posición de dominio y recuerda que las empresas con gran cuota deben extremar cautelas para no distorsionar el mercado de carburantes, incluso cuando adoptan polĆticas de rebajas. El debate se centra asĆ en los lĆmites de la polĆtica de precios y su impacto sobre rivales y consumidores.
El caso queda ahora en manos de la jurisdicción contencioso-administrativa, que evaluarÔ si se acreditó posición dominante, mercado relevante, supuesto estrechamiento de mÔrgenes y daño efectivo en el segmento profesional del gasóleo A. Este conflicto se ha convertido en un ejemplo de cómo los descuentos agresivos pueden chocar con las normas de libre competencia cuando los aplica un gran operador. También reabre la discusión sobre equilibrar beneficios inmediatos para el consumidor con la preservación de un entorno competitivo sólido y diverso a largo plazo.