Si quieres canjear tu carnet de conducir militar el proceso es sencillo, aunque tienes que tener en cuenta una serie de requisitos que van desde cumplir los plazos, hasta tener la edad mínima necesaria. Cualquier tipo de permiso de conducción obtenido en una escuela u organismo militar es canjeable por uno civil a excepción del F, que no tiene equivalente por ser para vehículos motorizados de las Fuerzas Armadas.
El proceso de canje de un carnet militar no requiere pasar ningún curso. Se trata de un trámite en el que hay que pagar una tasa de 28 euros (precio actualizado en 2018) y demostrar que se cumplen los requisitos. En este artículo te detallamos cuáles son esos requisitos y los pasos que debes dar, además de ayudarte con las dudas frecuentes que se suelen tener durante el proceso.
Requisitos para canjear el carnet de conducir militar
Plazos
Para poder canjear el carnet de conducir militar lo primero que tienes que comprobar es si estás dentro del plazo. Debes estar actualmente en activo dentro de un Cuerpo u Organismo militar o al menos que no hayan pasado más de seis meses desde que dejaste de ser militar.
Edad mínima
Dentro del ejército es posible sacarse algunos permisos antes de llegar a la edad mínima necesaria que se exige para el carnet civil. Esto provoca que si quieres canjear el carnet de conducir militar tengas que esperar hasta tener la edad mínima necesaria para poder hacerlo.
No te preocupes porque se te vaya a pasar el plazo de seis meses desde que dejas el ejército si no tienes la edad, porque ese plazo cuenta desde que dejas de ser militar o también desde el momento en que cumples la edad necesaria. Es decir, si dejas de ser militar a los 23 años y tienes que esperar hasta los 24 para poder canjear el permiso D+E, los seis meses para hacerlo contarán desde que cumples 24, no desde los 23. En el artículo Tipos de permisos de conducir en España tienes todas las edades necesarias para cada uno.
Lugar de residencia
Debes tener tu residencia normal en España. Es decir, que el lugar donde permanezcas durante al menos 185 días por cada año natural esté en España, debido a vínculos de tipo personal, como la familia, y de tipo profesionales, como el servicio militar.
Si el lugar de tus vínculos profesionales es diferente al de tus vínculos personales, o lo que es lo mismo, que tu trabajo te obliga a estar en otro país separado de tu familia, se considerará tu residencia normal el lugar de tu vínculo personal. Además, si estás de misión fuera de España tampoco contará como cambio de residencia a fuera del país.
Permiso militar en vigor
Tu carnet militar tiene que estar en vigor. Si no es así, tendrás que renovarlo lo antes posible teniendo en cuenta los plazos que tengas que respetar. Además, tal como especifica el reglamento: “No puedes estar privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor o ciclomotores, ni hallarte sometido a suspensión o intervención del que poseas”.
Pasos para canjear el carnet de conducir militar
Reúne la documentación
- El DNI o Pasaporte en vigor.
- La Solicitud llamada Trámites de Conductores, que puedes descargar en la Sede o conseguirla en la propia Jefatura de Tráfico. Es importante que cuando lo rellenes indiques todos los permisos que tienes (menos el F) en el espacio correspondiente.
- No es exactamente documentación, pero ten en cuenta que necesitarás 28 euros para pagar la tasa (precio actualizado en 2018).
- Un Informe de aptitud psicofísica para lo que tendrás que ir a un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado. Al igual que se hace cuando te sacas el carnet por primera vez o cuando lo renuevas.
- Una fotografía actual de 32 x 26 mm con fondo liso, en la que deberás aparecer de frente sin nada que te cubra la cara, como flequillos o gafas de sol que tapen los ojos. Esta foto la pegarán en un Talón foto que tendrás que firmar.
- El carnet de conducir militar junto con una fotocopia del mismo. Una vez finalizado el trámite te devolverán el carnet militar.
- Una certificación que acredite que estás en servicio militar activo, o en caso de que no sea así, que acredite la fecha en que dejaste de prestar servicio.
Pide cita previa en una Jefatura de Tráfico
Todos los trámites que se hacen en una jefatura de tráfico requieren pedir cita previa, excepto el de pagar multas. Para ello tendrás que hacerlo llamando al 060 o a través de la Sede electrónica de la DGT. Si eliges hacerlo por Internet te recomendamos que sigas estos pasos:
Entra en la Sede electrónica de la DGT y pincha en Cita Previa Trámites.
Pincha en Solicitar cita previa en oficinas.
Elige la provincia y el tipo de trámite que quieres hacer. IMPORTANTE: Aunque pueda parecer contradictorio, no elijas Canjes de permisos de conducción porque si no te remitirá a canjear permisos de otros países. En su lugar selecciona Trámites de oficina.
Después elige la primera de las opciones que te da: Área: Conductores / Vehículos, que es donde se encargan realmente de los canjes para militares, Guardias Civiles y Policías.
A partir de aquí el proceso es igual que en cualquier otro trámite. Te pedirán tus datos y te darán a elegir un día y una hora. SI tienes dudas puedes consultar el artículo Cómo pedir cita previa en la DGT.
Acude a la cita y paga la Tasa
Acude a la Jefatura de Tráfico indicada el día y la hora que te dieron. No te olvides de la documentación que te hemos detallado arriba y de llevar una tarjeta de crédito o débito con la que tendrás que pagar la tasa de 28 euros (actualizado en 2018). Importante: En la jefatura no aceptan efectivo.
También puedes pagar previamente por Internet en la página que ha habilitado la DGT o en efectivo en entidades financieras con el modelo 791. Aunque estos métodos son mucho menos cómodos que el de pagar allí mismo con la tarjeta.