A 20 km/h: La DGT busca este nuevo límite de velocidad en algunas calles

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Si hace unos días se aprobaba la limitación de velocidad máxima a 90 km/h de las carreteras secundarias, ahora parece que la DGT quiere actuar sobre el tráfico urbano. Según ha informado Europa Press recientemente, la Dirección General de Tráfico pretende reducir en este 2019 la limitación de velocidad máxima a 20 km/h en algunas calles.

Aún no ha sido aprobado, pero el borrador del Real Decreto por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, al que ha tenido acceso Europa Press, habrá tres límites de velocidad genéricos en vías urbanas y travesías, que serán de 20, 30 y 50 km/h. Todo, según ellos, para mejorar la seguridad de conductores, peatones, motoristas y ciclistas en las vías urbanas.

¿Cuándo podremos ir a 20, a 30 o a 50 km/h?

Existirán estos tres límites genéricos en nuestras ciudades. El límite de velocidad máxima a 20 km/h se encontrará en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera. Por su parte, los 30 km/h no deberán sobrepasarse en vías con un único carril por sentido de circulación. El límite máximo de 50 km/h se reserva para vías urbanas de dos más carriles por sentido de circulación.

Los ayuntamientos tienen poder de decisión

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En cualquier caso, según hemos podido saber, los ayuntamientos de cada ciudad podrán decidir si establecen límites de velocidad superiores a los propuestos por la DGT. Ojo, también pueden ser inferiores. Eso sí, estarían obligados a señalizarlo convenientemente. Tendrán un plazo de hasta seis meses para adaptar la señalización desde que se apruebe este Real Decreto.

Según Tráfico, el motivo es mejorar la seguridad en entornos urbanos

Tráfico alega que la modificación del Reglamento General de Circulación busca mejorar la seguridad de los ciudadanos en vías urbanas. En 2017 perdieron la vida un total de 509 personas en localidades españolas por accidentes de tráfico, de los cuales el 80 % eran peatones, ciclistas y motoristas.

Vehículos de Movilidad Personal (patinetes eléctricos) fuera de las vías interurbanas

Patinetes eléctricos

Por otro lado, los VMP, Vehículos de Movilidad Personal, no podrá circular por vías interurbanas. Se refieren con VMP a los famosos patinetes eléctricos que tanto han dado que hablar en los últimos meses, a los segways y los overboard. Concretamente, según el Real Decreto, un VMP es aquel que tiene una o más ruedas, solo cuenta con una plaza y está propulsado por motores eléctricos cuya velocidad máxima queda comprendida entre 6 y 25 km/h.

Quedan fuera de la categoría de VMP los vehículos sin sistema de auto-balanceo y con sillín, vehículos concebidos para competición, vehículos para personas con movilidad reducida y los que tengan una tensión de trabajo superior a 100 VCC o 240 VAC.


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